Cómo se consigue una autorización de regreso a España
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En ocasiones, el deber humanista y/o social de familia, la presión de los negocios, diversos compromisos adquiridos o la necesidad imperiosa de que usted asista a otro lugar / país, se suceden cuando su estancia o residencia en territorio español se encuentra en período de prórroga o renovación. Mejor que dudar o no hacerlo por temor, sepa usted el cómo se consigue una autorización de regreso a España para que pueda hacer dicho viaje sin temor a perder lo logrado para su nacionalización.
Cómo se consigue una autorización de regreso a España
La Autorización de regreso permite la salida y el retorno al territorio español, en un tiempo convenido, a todo extranjero que se encuentre en trámites de renovación o prórroga de su estancia o residencia, misma que computará para l nacionalidad permanente.
Todo esto apegado a las normativas derivadas de la Ley Orgánica 4/2000 que versa sobre los Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social y el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000.
Para optar a ello, usted deberá cumplir lo siguiente
Poseer la autorización de residencia y/o estancia en España y dar inicio a los trámites de prórroga o renovación de la autorización que le permite permanecer en territorio español dentro del tiempo legal.
Ser el titular de tarjeta de identidad de extranjero, vigente o en trámite de nueva por sucesos intempestivos.
Dar fe (respaldos) de que el viaje atiende a una situación de necesidad y a ella concurren razones excepcionales.
Ha de tener la autorización inicial de residencia o estancia y estar tramitando su tarjeta de identidad de extranjero.
Sí pesa sobre usted una prohibición de salida de España o una limitación judicial a su libertad de circulación por hechos en investigación que imperen esa orden cautelar; o de poseer orden de captura internacional o de extradición con sentencia firme, ni intente saber el cómo se consigue una autorización de regreso a España, porque no se le otorgará.
Cómo se consigue una autorización de regreso a España: Documentación
Presentando de cada documento siguiente el original y copia:
- Impreso de la solicitud con el modelo oficial (EX-13), cumplimentado y firmado por el solicitante.
- Copia de su pasaporte (completo) o de la cédula de inscripción
- Fotocopia del título de viaje (vigente).
- Copia de su solicitud de prórroga o renovación de la autorización o de la tarjeta de identidad de extranjero.
- De lo anterior, puede también presentar el resguardo acreditativo de su presentación.
- Si poseyere concedida la autorización inicial de estancia o residencia y tiene en vías de trámite la tarjeta de identidad de extranjero, debe presentar documentación que acredite que su viaje responde a una situación de necesidad y a ella le concurren circunstancias excepcionales.
Los documentos han de estar todos traducidos al castellano o a la lengua cooficial del territorio de España donde se presente la solicitud.
Si el documento es presentado en el país de residencia del solicitante, este debe ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en que expida dicho documento
También pueden ser legalizados en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
La excepción a los dos puntos anteriores, al cual deben estar ojo avizor los solicitantes que desean saber cómo se consigue una autorización de regreso a España, es que si el documento ha sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 o si ese mismo documento está exento de legalización en virtud de algún Convenio Internacional firmado por España con países fuera de la Unión Europea.
La misma persona que ya sabe cómo se consigue una autorización de regreso a España, puede solicitarla; es aquel que la ley considera sujeto legitimado, que no es más que el extranjero, siempre de manera exclusivamente presencial, por ser el único apto para solicitar dicha autorización.